Skip to main content

REAL DECRETO 888/2022

Nuevo procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

El Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, regulará desde el próximo 20 de abril de 2023 el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. 

Este nuevo baremo sustituye al que estaba en vigor desde 1999, priorizando los casos más graves. 

Se establecen criterios objetivos para la valoración y calificación del grado de discapacidad en todo el territorio español, garantizando con ello el acceso en igualdad de condiciones para toda la ciudadanía, así como un trámite de urgencia (art. 10 RD 888/2022) en el que se estipula que cuando fuese necesario, por causas humanitarias o de especial necesidad social (como lo son las mujeres víctimas de violencia de género, las victimas de zonas en guerra, o de salud y esperanza de vida, en este último apartado se incluyen a personas con enfermedades degenerativas). 

Las/os menores con discapacidad ejercerán sus derechos en igualdad de condiciones, sin discriminación por motivos de edad o discapacidad, recibirán asistencia y apoyos adaptados a sus circunstancias y tendrán el mismo derecho que las personas adultas a ser informados y escuchados (art. 8.5 RD 888/2022). 

Por otro lado, y como novedades, encontramos que su tramitación pone en el centro a la persona facilitando todo el proceso a través de medios telemáticos y asegurando la accesibilidad universal. 

Además, permite que la persona pueda ir acompañada de una persona de confianza, lo que redundará favorablemente en la autonomía y seguridad de las personas con discapacidades severas o grandes necesidades de apoyo, así como destacar que representantes de la sociedad civil de la discapacidad participarán en primera persona como integrantes de la Comisión de Valoración de la Discapacidad (art. 4.4 RD 888/2022). 

Además, a partir de ahora, este nuevo baremo permitirá realizar una valoración y calificación más certera de realidades que causan discapacidad (autismo, enfermedades raras y discapacidades psicosociales). Los dictámenes para el reconocimiento de la discapacidad serán emitidos por equipos multidisciplinares (art. 7 RD 888/2022), quienes previamente habrán realizado una evaluación y calificación del grado de discapacidad (art. 8 RD 888/2022). Se marca un plazo de 6 meses desde que se presenta la solicitud para que la Administración dicte resolución expresa en la que constará el reconocimiento de la discapacidad, la puntuación obtenida según los baremos establecidos y la fecha en la que realizará la revisión del grado.

Una vez reconocida la discapacidad, la Administración emitirá la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad en el que deberán constar los siguientes datos (art. 11 RD 888/2022): 

 

  1. a) Datos identificativos. 
  2. b) Grado de discapacidad. 
  3. c) Periodo de vigencia. 
  4. d) Dificultades de movilidad, en su caso. 
  5. e) Necesidad de tercera persona, en su caso. 
  6. f) Medidas de seguridad y confidencialidad. 

 

La revisión del grado se realizará en la fecha que se establezca en la resolución emitida o también cuando haya habido una modificación de las circunstancias que llevaron a su reconocimiento (art. 12 RD 888/2022). Por otro lado, tanto el reconocimiento del grado de discapacidad como de revisión pueden ser objeto de reclamación (art. 13 RD 888/2022). 

Con la aprobación y entrada en vigor de este Real Decreto – 20 de abril de 2023-, quedan derogados el RD 1971/1999, 23 dic., de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y la Orden de 2 de noviembre del 2000, por la que se determina la composición, organización y funciones de los Equipos de Valoración y Orientación dependientes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y se desarrolla el procedimiento de actuación para la valoración del grado de discapacidad dentro del ámbito de la Administración General del Estado. 

Con este nuevo procedimiento se da cumplimiento a los compromisos adoptados en la esfera nacional e internacional, adaptándose al modelo social de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, y se da respuesta a una demanda que llevaba bloqueada 10 años.

 

Ponte en contacto con nosotros para ampliar la información:

963 850 402 Ext. 115 Atención Social

 

Verónica López Guijarro, Trabajadora Social de ALCER Turia

Nº colegiada 34-3786

Accede a la resolución publicada por el BOE: 

Boletín oficial del Estado

Leave a Reply